Obligación de someterse a reconocimiento médico


Interesante el artículo del Diario Médico de hoy sobre la Sentencia referida a la obligación de someterse a reconocimiento médico por el personal sanitario.

La estricta aplicación de la Ley de Prevención y normativa derivada al personal sanitario, «como si fuera» igual a cualquier otro personal trabajador parece ser cuestionado en ocasiones por autoridades e incluso presuntos especialistas en la materia. Recordemos las declaraciones de «preventivistas» sobre la necesidad de desarrollo de la ley, en vez de exigir su cumplimiento.

El personal sanitario tiene el derecho a que su salud se vigile de forma que no se vea afectada por sus condiciones de trabajo, por los riesgos de su puesto de trabajo.

La sociedad tiene derecho a que, en determinados casos, los especialistas, los MÉDICOS DEL TRABAJO, representándoles, aseguren que sus condiciones de salud no pondrán en riesgo a terceros.

Un piloto de avión comercial enfermo no debe ser autorizado para volar. ¿Estamos de acuerdo?

Un conductor de metro adicto a la cocaína o al alcohol no debe tener en sus manos las vidas de decenas de pasajeros.

Los criterios de aptitud para personal sanitario se definen por la Especialidad, y, por supuesto, deben ser claros, definidos y adecuados al trabajo y a los riesgos. Pero eso es otra historia y merece tratarse más despacio y mejor… 

 

Acerca de Rafael

Médico del Trabajo y Médico de Familia. Del Atleti. Padre de 3 asombrosos hijos. Nunca dejes de Soñar.
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2 respuestas a Obligación de someterse a reconocimiento médico

  1. Carlos dijo:

    Estando de acuerdo contigo en lo referente a la peligrosidad frente a terceros, entiendo que los derechos del individuo son opcionales en cuanto a su voluntad.

    Mi derecho a la educación se ve alterado si decido no estudiar.
    Mi derecho a la salud se ve alterado si decido fumar…etc.
    La prevención y la promoción de la salud individual nunca pueden resultar obligatorias y desde luego las exploraciones y pruebas complementarias, obligatorias cuando lo fueran, deben de ser las adecuadas a cada puesto de trabajo, explícitas y con consentimiento.
    Opino

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  2. Rafael dijo:

    De acuerdo contigo, pero siguiendo a la ley, con excepciones. Hay casos en los que es imprescindible conocer el estado de salud, por lo que deja de ser “voluntario”. Puedes negarte, pero puedes ser despedido como consecuencia. Hay derechos generales por encima de particulares, como en el caaso descrito. La seguridad de los 300 pasajeros del avión están por encima del derecho a no someterse a reonocimiento del piloto. Por lo demás, conforme.

    Gracias por tu comentario.

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